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Código Fiscal Artículo 19 A Estado de Michoacán


Código Fiscal
Artículo 19 A.

El monto de las contribuciones, así como de las devoluciones a cargo del Fisco estatal derivados de pagos indebidos de las mismas, o los aprovechamientos, cuando no se cubran en la fecha o dentro del plazo fijado por las disposiciones fiscales, se actualizará por el transcurso del tiempo y con motivo de los cambios de precios en el País, para lo cual se aplicará el factor de actualización a las cantidades que se deben actualizar. Dicho factor se obtendrá dividiendo el INPC del mes anterior al más reciente del período, entre el citado INPC correspondiente al mes anterior al más antiguo de dicho período.

Las contribuciones, así como las devoluciones a cargo del Fisco Estatal, no se actualizarán por fracción de mes.

En los casos en que el Indice Nacional de Precios al Consumidor del mes anterior al más reciente del período, no se haya dado a conocer por el Banco de México, la actualización de que se trate se realizará aplicando el último índice mensual publicado.



Estado de Michoacán Artículo 19 A Código Fiscal
Artículo 1 ...18 B 19 19 A 19 B 19 C ...176
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qué irresponsable, ojalá si te hayas vacunado lol



No es que diga que los primeros 3 dias no se pagan, una inasistencia no se paga como tal, punto y sea por inasistencia o con incapacidad sigue siendo una falta (justificada silo quieres ver asi, no te cuenta para un despido justificado) , es a partir del cuarto dia que quien paga es el seguro bajo los porcentajes que marca la ley y debido al tipo de incapacidad que se otorgo,



Si el militar retirado dejo de pagar un crédito hipotecario hace tres años y está divorciado y en la sentencia ejecutada el convino un acuerdo donde pagaría en su totalidad la casa y dejo de hacerlo que procede jurídicamente o que puede hacer la persona afectada gracias



en cuanto a la venta de casa, referente a deducciones por comision en el cálculo se considera la comisión mas iva o solo el importe por comisión



Hola, si el ingreso recibido en el extranjero es cada quince dias, el tipo de cambio que debo usar para convertirlo a pesos es el promedio de esos 15 dias?? o junto las dos quincenas y aplico el promedio mensual del tipo de cambio publicado en DOF? La persona que percibe los ingresos (salarios) en el extranjero recide en México, puede deducir en la declaración anual lo procedente como si fuera empleado en México?? y tambien las deducciones que pague en el extranjero?



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